Durante un par de años, «usar IA» significaba, para la mayoría de empresas, conversar con un modelo: preguntar y recibir respuesta. Eso está cambiando deprisa. La nueva generación de herramientas no responde: actúa. Lee tu correo y contesta, consulta tu calendario y agenda, navega, rellena formularios, encadena pasos hacia un objetivo. Son los agentes de IA.
La Agencia Española de Protección de Datos no ha esperado a que el fenómeno madure: en febrero de 2026 publicó Inteligencia artificial agéntica desde la perspectiva de protección de datos (V1.2), unas orientaciones que se presentan como «una introducción a las cuestiones de protección de datos que pueden surgir» cuando responsables y encargados usan estos sistemas. Merece la pena leerlas porque ponen palabras precisas a lo que cambia, y también a lo que no: los riesgos que estudian «no son inherentes, ni forman necesariamente parte de su naturaleza, a todos los agentes ni a todo uso de la IA agéntica».
Serie Art. 26 → Esta guía lee los agentes desde el RGPD; lo que el AI Act pide a quien despliega un sistema de alto riesgo, apartado por apartado, está en el mapa de los doce apartados.
Qué hace distinto a un agente
Las orientaciones describen qué distingue a un agente de un modelo de lenguaje que solo responde, y estudian sus riesgos por bloques. Cuatro rasgos tienen una lectura directa de protección de datos:
La cadena de razonamiento. El agente «descompone un problema en pasos lógicos sucesivos y encadenados, hasta llegar a una decisión o respuesta final». Consecuencia: los datos personales pueden atravesar etapas intermedias que no están orientadas al usuario y que pueden pasar inadvertidas para él y para el propio responsable del tratamiento; y la guía señala la falta de transparencia de los procesos de razonamiento internos cuando las decisiones emergen de cadenas de inferencia entre varios agentes y herramientas.
Memoria persistente. A diferencia de la conversación que se olvida, el agente puede recordar entre sesiones: preferencias, datos, contexto. Eso es un tratamiento con vocación de permanencia, que plantea las preguntas clásicas de conservación y minimización con una intensidad nueva: ¿qué recuerda, durante cuánto tiempo, y cómo se borra?
Autonomía. El agente toma decisiones intermedias sin consultar cada paso. Eso no convierte cada acción en una decisión del Art. 22, y la guía lo dice expresamente: incorporar agentes a un tratamiento puede implicar automatización, «pero no siempre implicará decisiones automatizadas en el sentido del artículo 22 del RGPD». El Art. 22 entra cuando hay una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado que produce efectos jurídicos en la persona o le afecta significativamente de modo similar; y, si esa decisión se permite por contrato o por consentimiento explícito, con salvaguardas que incluyen como mínimo la intervención humana, expresar el punto de vista e impugnar la decisión.
Integración de servicios. Los agentes suelen tener acceso a múltiples servicios —correo, CRM, mensajería, gestión de proyectos—. Cada conexión es una puerta por la que circulan datos personales, y cada servicio conectado tiene un papel que hay que identificar: según la guía, puede actuar como encargado del tratamiento, y entonces necesita el contrato del Art. 28; puede recibir los datos como otro responsable; o puede no tener ningún rol en protección de datos. Y la superficie de ataque, advierte, es bastante más amplia que la de un modelo de lenguaje.
La supervisión humana, y la gobernanza que la sostiene
La guía dedica atención a la supervisión humana: con agentes se vuelve más compleja, «especialmente cuando no se han diseñado ni implementado mecanismos específicos que permitan, y en algunos casos obliguen, a una supervisión efectiva, continua y significativa». Cuando la supervisión es necesaria, no basta con que alguien «pueda revisar» en teoría lo que el agente hace: el diseño tiene que permitir entender, interrumpir y corregir sus acciones a tiempo. Un agente cuyas decisiones nadie puede seguir no está supervisado por mucho que un humano figure al final del organigrama.
Pero la guía no la pone en el centro. La que califica como «la medida más importante que se pueda adoptar en una organización» es un marco de gobernanza de la información que incluya a los sistemas de IA agéntica, y advierte de que no se puede desplazar toda la responsabilidad a quien supervisa.
Para una pyme, ese principio se traduce en preguntas muy concretas antes de dar permisos a un agente: ¿qué puede hacer exactamente y qué tiene vetado? ¿Quién revisa lo que hace, con qué frecuencia y con qué registro? ¿Qué pasa —y quién responde— cuando encadena una acción equivocada?
Cómo gobernar agentes sin frenarlos
Las orientaciones de la AEPD son eso, orientaciones: la propia guía se presenta como «un estudio introductorio sin pretensiones de ser exhaustivo», no como una nueva capa de obligaciones. Las obligaciones son las del RGPD de siempre —transparencia, base jurídica, minimización, contratos de encargo, seguridad, garantías del Art. 22— aplicadas a un objeto que las pone a prueba de maneras nuevas. La respuesta sensata no es prohibir los agentes ni adoptarlos a ciegas, sino gobernarlos con el mismo método que el resto de la IA, subiendo un punto la exigencia:
- Inventaría los agentes como lo que son. No como «otra herramienta más»: el inventario debe capturar qué servicios conecta cada agente, qué permisos tiene y qué datos atraviesa. Un agente sin ficha es un punto ciego con manos.
- Registra las relaciones, no solo las piezas. El riesgo de un agente está en sus conexiones —quién orquesta a quién, qué sistema alimenta a cuál—. Documentar ese mapa es lo que permite explicar el tratamiento de datos de extremo a extremo.
- Asigna la supervisión con nombre y método. Persona concreta, alcance concreto, registro de revisiones, sin que eso sustituya la diligencia del responsable del tratamiento, que la guía recuerda que ningún supervisor reemplaza. Es la versión agéntica de un principio que ya conoces si sigues este blog: la responsabilidad difusa no es responsabilidad.
En Alethexis dedicamos un módulo específico a la gobernanza de agentes precisamente porque este mapa de identidades, relaciones y supervisión no cabe con honestidad en una casilla más del inventario general. Los agentes van a entrar en tu empresa igualmente; la única variable bajo tu control es si entran gobernados.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico.