Adaptación del programa al contexto de uso
Adaptar las medidas de alfabetización a los conocimientos técnicos, la experiencia, la educación y la formación del personal, al contexto previsto de uso de cada sistema y a las personas en que se utiliza, como pide el Art.4.
Base legal
Reglamento (UE) 2024/1689, artículo 4, en la redacción del Reglamento (UE) 2026/1744. Obligación de medios:
«Esta obligación no exige que los proveedores o los responsables del despliegue garanticen un nivel específico de alfabetización en materia de IA de ninguna persona en particular.»

